Objetivo del proceso: Cuando el deudor no satisface la obligación en forma voluntaria, ante esa negativa expresa o tácita de cumplir con lo que se ha obligado el acreedor debe concurrir a los órganos de jurisdicción, para lograr la satisfacción de esa obligación o crédito.
Tomado de: http://www.litigob.gov.co/htm/flujoProcJud_2.htm
Bogotá, noviembre de 2009
Etiquetas
- Contratos Mercantiles (13)
- General (1)
- Humanismo Cristiano (4)
- Ideas Políticas (4)
- Introducción al Derecho Comercial (1)
- Obligaciones Civiles y Comerciales (7)
- Procesal Civil (10)
- Sociedades (6)
- Teoría de la prueba (1)